Cómo leer tu finiquito
El finiquito es el documento que liquida las cantidades ya devengadas y pendientes de cobro al terminar tu contrato. No es una indemnización, y sus partidas cambian según el motivo del cese.
Salario de los días trabajados
La parte proporcional del salario del mes en curso, desde el último pago hasta la fecha de cese. Nuestra calculadora la prorratea sobre los días naturales reales de ese mes; algunas empresas o convenios prorratean siempre sobre 30, así que puede haber una pequeña diferencia según el criterio que use tu nómina.
Parte proporcional de pagas extraordinarias
Si tu nómina no prorratea las pagas extra mes a mes, el finiquito incluye la parte ya devengada y no cobrada. El Estatuto de los Trabajadores exige un mínimo de 2 pagas extraordinarias al año; tu convenio puede mejorar esa cifra, pero nunca reducirla.
Vacaciones devengadas y no disfrutadas
Los días de vacaciones que has generado pero no has disfrutado, proporcionales al tiempo trabajado en el año, sobre el mínimo legal de 30 días naturales (o los que fije tu convenio). Es convención habitual en nómina —y el criterio que usa nuestra calculadora— valorarlos dividiendo tu salario mensual, con la parte proporcional de extras incluida, entre 30, y multiplicando por los días pendientes.
Fuente: art. 38.1 ET (mínimo legal) · art. 147.1 LGSS y art. 30.3 RD 84/1996 (cotización y desplazamiento de la baja) · arts. 268.3 y 269.4 LGSS (efecto sobre el desempleo) · vigente desde 2015-10-24
Indemnización por fin de contrato temporal, si aplica
Si tu contrato era temporal (y no formativo ni de sustitución), el finiquito suele incorporar también esta indemnización de 12 días de salario por año de servicio. Es distinta de la indemnización por despido: si tu caso es un despido, consulta la guía de tipos de despido.
Fuente: art. 49.1.c) ET, redacción del art. 1.8 del RDL 32/2021 · vigente desde 2022-01-01
Qué retenciones lleva
Las partidas salariales (salario pendiente, pagas extra, vacaciones) cotizan a la Seguridad Social y tributan en el IRPF como rendimiento del trabajo, igual que cualquier nómina. La indemnización por despido, en cambio, está exenta de IRPF en la cuantía obligatoria del Estatuto de los Trabajadores y hasta el límite del art. 7.e) LIRPF (180.000 €) —lo pactado por encima del mínimo legal sí tributa— y tampoco cotiza a la Seguridad Social en esa misma cuantía legal. Ojo: la indemnización de 12 días por fin de contrato temporal no goza de esta exención y tributa como el resto del finiquito.
Fuente: art. 7.e) LIRPF · vigente desde 2021-01-01
Antes de firmar
Firmar el finiquito no es obligatorio para que el contrato se extinga, y puedes firmarlo como "no conforme" si detectas un error o no estás de acuerdo con alguna partida, dejando constancia de tu disconformidad. Revisa que cada concepto esté detallado por separado antes de firmar sin reservas. Ten en cuenta que firmar con o sin esa mención no cambia los plazos legales para reclamar: la acción por despido caduca a los 20 días hábiles y la reclamación de cantidades prescribe al año: no los dejes pasar confiando solo en la anotación del finiquito.
Fuente: art. 59.3 ET (caducidad de 20 días hábiles para la acción por despido) y art. 59.1-2 ET (prescripción de 1 año para reclamar cantidades) · vigente desde 2015-10-24
Esta guía es orientativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional colegiado: tu convenio colectivo o las circunstancias concretas de tu caso pueden variar el resultado.
Calcula el importe: Calculadora de finiquito
Preguntas frecuentes
- ¿El finiquito incluye la indemnización por despido?
- No. El finiquito liquida cantidades ya devengadas (salario pendiente, pagas extra, vacaciones); la indemnización por despido es un concepto distinto que se liquida en el mismo acto pero no forma parte técnicamente del finiquito.
- ¿Puedo firmar el finiquito "no conforme"?
- Sí. Puedes añadir junto a tu firma la mención "no conforme" o "recibí, no conforme" si no estás de acuerdo con las cantidades, lo que deja constancia de tu disconformidad de cara a una posible reclamación posterior.
- ¿Cuánto tarda la empresa en pagar el finiquito?
- No hay un plazo legal único: lo habitual es que se abone el mismo día del cese o al terminar el periodo de preaviso, junto con el certificado de empresa. Revisa si tu convenio colectivo fija un plazo distinto.